Ley de Drogas: ¿Cuáles son las Reformas Necesarias? Explica Joe Stefanolo, Abogado del Rock
En los últimos meses de 1989, la hiperinflación no daba respiro al reciente gobierno del presidente Carlos Saúl Menem, elegido en mayo de ese mismo año para suceder a Ricardo Alfonsín. El comienzo de la última década del siglo prometía conexión con gran parte del país y con el resto del mundo. Las sociedades modernas iban rumbo firme a la globalización y la Argentina esperaba con ansias la inserción internacional.
En los medios de comunicación, el Consejo Publicitario Argentino le pedía explícitamente a los jóvenes que “no se dejen atrapar por la droga”, generando un álgido debate en la opinión pública.
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Meses después, ocurrió un hecho significativo para la política y la sociedad: el 10 de octubre de 1989, el por entonces diputado Eduardo Duhalde, juntó los consensos necesarios para promulgar la Ley 23.737, conocida como Ley de Drogas en Argentina.
¿Cuál fue el impacto en la sociedad argentina luego de 34 años desde su implementación?
Viejas leyes, nuevas contradicciones
Sin embargo, la misma esconde diversas contradicciones entre el discurso y la práctica. Detenciones por escasas cantidades para consumo personal, procesamientos, condenas y encarcelamientos para las personas más vulnerables, generando un enorme gris en los aspectos legales. Y, por supuesto, un enorme revés para los sectores más castigados.
“La ley quedó obsoleta desde su primera implementación a través de José López Rega”, afirma el abogado penalista Joe Stefanolo, en referencia a la Ley 20.771, impulsada por el ministro de Bienestar Social, durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón en 1974. Dicho estatuto ampliaba las penas para el cultivo, la producción y el tráfico de estupefacientes.
Ley de Drogas, cannabis y desaciertos legales
“Igual de vetusta fue la ejecución de la Ley 23.737, a la cual considero ‘vieja de nacimiento’”, expresa con firmeza Albino.
Y profundiza: “Hoy esa ley comparte espacio con la de marihuana medicinal y de cannabis industrial. Dos modificaciones y dos variables del tema que se chocan con el texto de la ley”.
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¿Qué dice la 23.737? El que públicamente imparta instrucciones acerca de la producción, fabricación, elaboración o uso de estupefacientes, será reprimido con prisión de dos a ocho años. Algo que, a fuerza de encontrar argumentos entre las grietas de las leyes argentinas, al abogado que logró la obtención del “Fallo Bazterrica” le llamó poderosamente la atención.
Basta de presos por plantar
“O sea, por tener una plantita un tipo puede ir preso cuatro años y otro señor con plantaciones puede ganar millones de dólares”, arremete Joe. “Hoy, es el autocultivo lo que hay que tratar. No debe estar penado porque es una forma, justamente, de consumo personal o de generar bases para hacer aceite o de generar industria”.
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“Entonces, si la base es esa, no podés pelear el autocultivo y la ley lo pena. Además, son cuatro años de cárcel que se cumplen de punta a punta. No hay condicional para esa figura. Eso es absurdo y hay que cambiarlo“, cierra Stefanolo.
Una producción exclusiva de El Planteo
Este trabajo cuenta con entrevistas de Ulises Rodríguez y la producción de Hernán Panessi. En cámara y sonido, Ariel García. En edición, Nahuel Rodríguez; y en la producción general, Cristian Baral.
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