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Argentina: Participación de las Mujeres y Disidencias en la Industria del Cáñamo según la Ley 27.669

Argentina: Participación de las Mujeres y Disidencias en la Industria del Cáñamo según la Ley 27.669

✍ 1 September, 2022 - 15:05


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Por Nadia Podsiadlo, abogada y vicepresidenta de la Cámara del Cannabis Córdoba.

Respecto a la participación de las Mujeres y Diversidades en la Ley 27.669 (Ley de Industria y Desarrollo del Cannabis Medicinal y Cáñamo Industrial), el Capítulo V establece que la ARICCAME expedirá autorizaciones administrativas que permitan la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales, y se contemplará prioritariamente a aquellas orientadas a contribuir al desarrollo de las economías regionales, cooperativas y pymes, ateniendo asimismo la inclusión de la “perspectiva de género y diversidad”.

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El problema que surge con el texto de la ley en su Art 12, es que debe definirse qué comprende dicha categoría, por lo que en mi opinión, debería tenerse en cuenta en su inclusión, a las Mujeres, personas trans, disidencias sexo genéricas, madres solas con hijxs a cargo, mujeres con discapacidad, mujeres criminalizadas por conductas relacionadas al cultivo de cannabis, mujeres víctima de violencia de género, mujeres productoras, mujeres del movimiento campesino y de los pueblos originarios, y mujeres profesionales que vienen trabajando en la temática.

Como es una Industria que está naciendo, debemos reparar en los errores de otros mercados productivos que reproducen inequidades de género y nos dificultan el desarrollo laboral y económico, por ejemplo, los obstáculos presentes en toda industria, son la “Economía de Cuidado” (que ha concentrado a las mujeres en el trabajo doméstico, los cuidados y el trabajo no remunerado), la concentración de las mujeres en diferentes espacios de precariedad laboral y desprotección social, la feminización de la pobreza, la existencia de los llamados “TECHOS DE CRISTAL” (dificultades para que las mujeres accedan a cargos jerárquicos) y las “PAREDES DE CRISTAL” (obstáculos para que las mujeres accedan a ciertos sectores productivos)”, la desventaja en la brecha salarial (el salario es menor que el de los hombres, incluso cuando hacen lo mismo (en nuestro país la diferencia es del 26,2%), el acoso laboral (que rara vez es denunciado por las consecuencias que ello conlleva), y la exclusión a las madres con hijxs a cargo, debido al estereotipo que son las mujeres las que deben cuidar a lxs mismxs.

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En mi sentir, la Industria y Desarrollo del Cáñamo atraviesa dos sectores dentro del mercado laboral de las mujeres y disidencias que reflejan estadísticas alarmantes, preocupantes y ocupantes. Por un lado, el de las Mujeres trabajadoras de la tierra que comenzaron un proceso de empoderamiento que se vincula a la alimentación sana, la agroecología y la recuperación de los saberes de la agricultura que fueron menospreciados y desvalorizados.

No nos olvidemos que en la actualidad las mujeres rurales constituyen la cuarta parte de la población mundial. Aún así, se requiere que formen parte de las decisiones que se toman en sus trabajos respecto sobre todo a la producción.

Por último, hay que subrayar que aun cuando ellas realizan más del 60% del trabajo agrícola no se las reconoce “agricultoras” porque “el agricultor” es quien posee la tierra y la mayoría de las mujeres no son propietarias de los campos o espacios rurales en donde emprenden su labor. Por el otro lado, el sector de las Mujeres trabajadoras de la Industria que sólo representan el 20,7% del empleo industrial formal (según informe del Centro de Estudios para la Producción del 2021 (CEP XXI), esta estadística es todavía menor cuando se trata de puestos jerárquicos en empresas grandes, donde sólo el 4,2% está liderado por mujeres.

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Por otro costado, un dato muy curioso y ligado al rol esperable patriarcalmente de las mujeres, es el porcentaje mayoritario de las mismas con poder de decisión que se encuentran en la industria textil, con un 23,8% de firmas lideradas por mujeres. Por último, apenas el 10,3% de las firmas industriales de 10 o más trabajadoras/es está conducido por mujeres.

En conclusión, para que la Industria del Cáñamo sea participativa e inclusiva y contemple la perspectiva e inclusión de género, debemos a mi entender no sólo incluir el conjunto de personas señaladas en la categoría de género mencionada al comienzo, sino también reconceptualizar el concepto de trabajo, como construcción sociocultural, debiendo ser ajeno a las lógicas hetero patriarcales dominantes, debe garantizarse la aplicación de La LEY 20744 (REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO), que otorga a las mujeres trabajadoras un marco de igualdad de trato y oportunidades laborales, reconocerse y valorarse los cuidados y el trabajo doméstico no remunerado, asegurarse la participación de las mujeres y disidencias en la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública, debe lograrse la igualdad de REMUNERACIÓN respecto de hombres y mujeres.

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Asimismo, se debe educar para cambiar estereotipos culturales, erradicar la violencia de género, igualar las licencias parentales, establecer cupos de paridad, también los sindicatos pueden promover la igualdad de género, involucrando activamente a las mujeres en sus directorios y en la ejecución de toma de decisiones. Por último, debería implementarse la ley Micaela en este sector, a los fines de que todxs lxs miembrxs de la ARICAME y del CONSEJO FEDERAL, reciban una capacitación sobre género. Debiendo aplicarse la ley de cupo femenino y ley de cupo laboral trans.

Vía Cannábica Argentina.

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