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Ley Antimafia en Argentina: ¿Por Qué Preocupa a Defensores de Derechos Civiles?

Argentina

Ley Antimafia en Argentina: ¿Por Qué Preocupa a Defensores de Derechos Civiles?

Por Camila Berriex

Ley Antimafia en Argentina: ¿Por Qué Preocupa a Defensores de Derechos Civiles?

✍ 21 April, 2025 - 15:23


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¿Allanamientos, escuchas telefónicas, procesos “por sospecha” y detenciones más largas sin la orden de un juez? Así parece, tras la nueva “Ley Antimafia”, promulgada en Argentina el pasado 7 de marzo bajo el número 27.786, en un contexto de mucha ambigüedad legal.

El gobierno de La Libertad Avanza, desde el Ministerio de Seguridad, legalizó la toma de medidas de intervención directa —y de avasallamiento de los derechos fundamentales— basadas en sospechas y eliminando la presunción de inocencia en zonas específicas. Es decir, si vivís en alguna de ellas y simplemente sospechan que tenés algún tipo de relación con una organización criminal, podés caer en la volteada; no se precisarán pruebas claras.

Pero vayamos de a poco…

¿Qué es la Ley Antimafia sancionada en Argentina?

De la mano del FBI y los Carabineros Italianos, el gobierno promulgó mediante el Decreto 177/2025 la Ley 27.786, que se presenta como una herramienta contra el crimen organizado, creando una nueva figura jurídica: las “Zonas Sujetas de Investigación Especial” (ZSIE). Estas zonas serán definidas mediante resolución administrativa o judicial bajo sospechas de que allí operan organizaciones criminales.

Hasta la fecha, el Gobierno Nacional ha declarado a Rosario (Santa Fe), Orán y Aguas Blancas (Salta) y pareciera—aunque no está confirmado—que se sumarán Tartagal, Aguaray y Salvador Mazza (Salta) como las localidades declaradas ZSIE debido a sus actividades relacionadas con el narcotráfico y otras organizaciones criminales.

En estos territorios, las fuerzas de seguridad y fiscales podrán actuar con amplias facultades:

  • Realizar allanamientos sin orden judicial: las fuerzas pueden ingresar a domicilios sin autorización previa de un juez, lo que vulnera el derecho constitucional a la inviolabilidad del hogar.
  • Intervenir comunicaciones sin control judicial: se habilita la escucha de llamadas, acceso a correos y redes sociales sin orden judicial.
  • Detener personas hasta por 15 días sin acusación firme: se permite detener a alguien solo por “averiguación de delito”, incluso sin pruebas ni cargos formales, lo que amplía el margen para detenciones arbitrarias.
  • Decomiso anticipado de bienes sin sentencia: el Estado puede incautar autos, celulares, dinero u otros bienes solo por sospechas, sin necesidad de una condena, dejando a las personas sin recursos mientras se investiga.

Estas medidas podrán aplicarse cuando existan “sospechas fundadas” de que en la zona actúa una organización criminal. Es decir, no se requiere una causa penal activa ni la comisión de un delito específico.

¿Qué cambia con la Ley Antimafia?

Hasta ahora, la intervención telefónica, los allanamientos y las detenciones prolongadas requerían orden judicial y una causa penal en curso. Con esta modificación, se corre el eje del control judicial hacia un control puramente administrativo o fiscal, en nombre de la lucha contra las mafias. Además:

  • Se elimina la figura del juicio abreviado para los casos relacionados con organizaciones criminales. Esto implica que los procesos podrían extenderse, con más poder discrecional para los fiscales.
  • Se amplía el concepto de “asociación ilícita” y se introduce la idea de “vinculación con organización criminal” como causal suficiente para procesar a una persona. Es decir, no se necesita prueba directa de participación en un delito, una sospecha bastará para ser detenido.
  • Se desdibuja la presunción de inocencia, ya que se puede actuar contra alguien por estar supuestamente relacionado con otros que sí cometieron un delito.

Para evitar pánicos, es importante entender que no se aplicará en todo el país, sino únicamente en las zonas mencionadas previamente que han sido declaradas como “especiales” por resolución administrativa o judicial. El problema es que esa delimitación puede cambiar en cualquier momento y no requiere una audiencia pública ni consentimiento ciudadano. Habrá que quedar atentos.

¿Por qué la Ley Antimafia preocupa a activistas y cómo afectaría al sector cannábico?

Quienes trabajan en el acceso al cannabis medicinal, la regulación del cultivo o el activismo antiprohibicionista vienen señalando hace años que el estigma asociado al cannabis y las drogas en general convierte a los usuarios y cultivadores en blancos fáciles del sistema penal. Si además a esto le sumamos que estamos sumidos en un contexto de clara persecución al usuario —sí, incluyendo al medicinal—, donde la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, cataloga a los mismos de “narcotraficantes”, la situación se torna, de mínima, alarmante.

Reparemos, además, en la ambigüedad legal y poca claridad de algunos términos, como “organización criminal”. Según la ley, se considera organización criminal a cualquier grupo de tres o más personas que actúe coordinadamente para cometer delitos graves, como narcotráfico, corrupción, trata de personas, homicidios o terrorismo.

A esto hay que sumarle las declaraciones de la propia ministra en conferencia sobre esta ley, donde explicó que la misma servirá para perseguir y encarcelar a las organizaciones que extorsionan y amenazan los inmuebles donde trabajan los miembros que combaten el delito, edificios judiciales, pero también el Congreso de la Nación y la Casa Rosada.

Si tomamos el criterio que el mismo gobierno utilizó para definir a usuarios medicinales de cannabis, entonces el término puede sonar vago y dar lugar a interpretaciones arbitrarias. Personas que cultivan o usan cannabis, incluso con fines medicinales y registrados en programas como REPROCANN, podrían ser injustamente asociadas a organizaciones criminales. Una ONG, un club cannábico, una cooperativa o una red de cultivadores solidarios podría quedar en la mira.

También podría aplicar a manifestaciones sindicales o de organizaciones sociales, siendo que han definido a las mismas como extorsiones y amenazas al gobierno. Han hasta utilizado la palabra “terrorista” con extrema laxitud para referirse a asistentes a marchas pacíficas en las inmediaciones de edificios como el mismo Congreso de la Nación.

Para entender mejor, hablamos con la abogada especialista en cannabis y parte del equipo legal de WeLegal, Ivana Vigilante. Nos explicó que, efectivamente, la policía podrá hacer libre uso de sus facultades en estas zonas en actos como allanamientos sin orden judicial previa, interceptaciones telefónicas, detenciones preventivas de hasta 48 horas y otras medidas intrusivas, lo que no quiere decir que aplique automáticamente en cualquier zona del país.

Sin embargo, en aquellas donde sí aplique puede afectar directamente a pacientes y usuaries de cannabis, entendiendo que hace años existen casos de allanamientos violentos, secuestros de plantas y persecución por cantidades efímeras de cannabis—muchas veces a personas con el REPROCANN vigente

La nueva ley facilita aún más la persecución selectiva, ya que basta con que una persona esté en una zona considerada “peligrosa” o vinculada a alguien investigado para quedar expuesta a detención, intervención telefónica o allanamiento, aunque su actividad esté amparada por marcos legales.

Además, entra en duda si los colectivos cannábicos, asociaciones civiles y comunidades terapéuticas que militan tratamientos medicinales para afecciones como epilepsia refractaria, dolor crónico y trastornos del espectro autista en personas de todas las edades pueden ser vistas como estructuras “organizadas” y, por lo tanto, pasibles de ser asociadas —sin pruebas directas— a una red criminal.

Y si a eso le sumamos que las declaradas “Zonas de Investigación Especial” pueden ser extendidas en tiempo o espacio sin aplicar juicio abreviado, la cosa se torna más inquietante.

¿Y la Constitución? Bien, gracias

Muchos juristas ya advierten que la Ley Antimafia podría ser inconstitucional. Ivana nos facilitó una lista clara en donde vemos donde y cómo afecta directamente esta ley a nuestros derechos constitucionales:

  • Derecho a la privacidad e inviolabilidad del domicilio: la nueva ley permite allanamientos y escuchas sin orden judicial, violando el art. 18 de la Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica. Cualquiera podría ser invadido sin control previo de un juez.
  • Violación del debido proceso: detener personas “por sospecha” hasta 48 horas (o más) sin intervención judicial atenta contra el derecho a la defensa y el principio de legalidad. Nadie debería perder su libertad sin pruebas ni una acusación clara.
  • Desigualdad ante la ley: según dónde vivas, podés tener menos derechos. En las “zonas especiales” las garantías se achican. Esto contradice el principio de igualdad ante la ley (art. 16 CN) y genera un trato discriminatorio por territorio.
  • Presunción de inocencia en jaque: con solo estar vinculado a alguien investigado, podés terminar procesado. No se exige probar que hiciste algo, solo que podrías tener relación con una organización criminal. Eso revierte la carga de la prueba, algo que ninguna democracia debería permitir.

Organismos de derechos humanos como el CELS han advertido que esta ley no apunta tanto a desarticular grandes estructuras mafiosas, sino que instala “zonas de excepción” donde el Estado puede actuar con más margen y menos control, especialmente en los barrios populares o sobre quienes se “organicen para reclamar”. En lugar de fortalecer la democracia, debilita las garantías constitucionales y consolida un modelo de control que criminaliza la protesta y la pobreza.

¿Qué podemos hacer?

En principio, siempre decimos lo mismo: no entrar en pánico e informarse. Estar al tanto de lo que sucede y difundir la información de confianza nos ayuda a comprender las implicancias reales de la ley y es el primer paso para resistir su aplicación injusta. Si ignoramos, perdemos.

También es recomendable consultar con especialistas, siempre. Abogados y organizaciones sociales trabajan día a día en estrategias para acompañar casos y denunciar abusos de autoridades.

Otra necesaria medida es exigir control judicial. Ningún Estado puede garantizar justicia si no hay un juez —valga la redundancia— que controle las decisiones de las fuerzas de seguridad.

Por último, y si todo lo demás falla, documentar y denunciar abusos de autoridad de parte de las fuerzas del orden. Al hacerlo tanto en redes sociales como organismos de derechos humanos y medios independientes, podemos ayudar no solo a visibilizar lo que está pasando, sino a recuperar información y evidencia para reconstruir los hechos y exigir justicia con evidencia.

Conclusión

Si bien es innegable que el crimen organizado representa un desafío serio que exige políticas públicas decididas y eficaces, no deja de ser inquietante otorgarle rienda suelta a las fuerzas de seguridad en un contexto donde ya hemos visto un uso desproporcionado de su poder.

En este marco, darles mayor discrecionalidad sin los controles judiciales adecuados no parece apuntar únicamente al crimen organizado y podría implicar una expansión del aparato represivo hacia sectores sociales históricamente vulnerados y estigmatizados.

En lugar de identificar y desarticular las verdaderas estructuras mafiosas, se corre el riesgo de que las nuevas facultades se usen para profundizar la persecución de quienes están más expuestos: personas pobres, organizaciones sociales, activistas, usuarios de cannabis y minorías organizadas.

Foto de portada por Ministerio de Cultura de la Nación, CC BY-SA 2.0, via Wikimedia Commons // Editada en Canva por El Planteo

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Camila Berriex

ACERCA DEL AUTOR

Camila es traductora y redactora en El Planteo, donde crea y optimiza contenidos culturales y de negocios aplicando sus conocimientos en SEO. Estudia Sociología y música, explorando las ciencias sociales y el arte desde múltiples enfoques.

Además de su trabajo en El Planteo, ayuda a diversas industrias a conectar mejor con sus clientes mediante la redacción de blogs SEO, newsletters y contenido en LinkedIn. Con un profundo amor por la milonga y una curiosa fascinación por la era medieval, Camila encuentra en la comunicación una forma de conectar culturas y perspectivas. De día, es escritora; de noche, entusiasta del pool y los acordes; y en todo momento, una ávida estudiante.

Puedes encontrarla en LinkedIn.