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Mar del Plata: No Detendrán Gente por Tener Marihuana, Cocaína, o Éxtasis en Ciertas Cantidades

Por Pablo Redes Vidart

Mar del Plata: No Detendrán Gente por Tener Marihuana, Cocaína, o Éxtasis en Ciertas Cantidades

✍ 23 December, 2020 - 16:12

Para las personas, la temporada de verano es sinónimo de libertad y disfrute… Hasta que se hacen presentes los operativos por parte de las fuerzas de seguridad.

En esta época del año, siempre se registran una gran cantidad de incautaciones, detenciones, requisas y apertura de causas penales por tenencia de cannabis y/u otras sustancias.

En parte eso sucede porque verano a verano, la Provincia de Buenos Aires implementa el denominado ‘Operativo Sol’, el cual aumenta la presencia de efectivxs en los distritos turísticos, terminales de acceso, rutas y eventos masivos. Por ende, también se incrementan las intervenciones a usuarios y usuarias de sustancias.

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Ahora el tema de la tenencia de drogas cambió, por lo menos en la localidad de Mar del Plata. Luego de reiteradas advertencias sobre los abusos policiales por parte de asociaciones cannábicas locales, el pasado 10 de diciembre el Juzgado de Garantías N°4, a cargo de Juan Tapia, firmó la resolución registrada bajo el nro. 37-19, que establece que “se abstengan de realizar la detención, en espacios públicos, de usuaries de sustancias que la ley define como estupefacientes, cuando las circunstancias del caso pongan de manifiesto que la tenencia es para consumo personal”.

Tal como informa la Asociación Marplatense de Cannabicultores (AMC), entre los puntos más importantes del fallo, “ni la policía bonaerense ni ninguna otra fuerza de seguridad que intervenga en Mar del Plata podrán trasladar a una comisaría a personas que hayan sido detenidas por tener drogas ilegales para uso personal (50 grs de cannabis, 10 grs de cocaína, 3 pastillas de éxtasis) y tampoco se les formará una causa penal”.

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La AMC es una verdadera protagonista de este fallo histórico. En el 2019 el presidente de dicha asociación, Gabriel Díaz, presentó un habeas corpus preventivo colectivo que anunciaba los abusos de poder por parte de las fuerzas de seguridad en el inicio de causas por tenencia para consumo personal.

Aunque la Corte Suprema de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la penalización de tenencia de estupefacientes para consumo personal a través del Fallo Arriola, continuaba la persecución y detención a personas cultivadoras de cannabis.

Una vez más, vemos cómo el activismo cannábico tuvo a la Justicia a su favor para poder denunciar cada intervención policial como una acción que vulnera derechos y que manifiesta un caso de violencia institucional.

Te dejamos el fallo completo.

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ACERCA DEL AUTOR

Pablo Redes Vidart es el director de Comunidades y Redes de El Planteo. Periodista, actor y multitasking.

Conocido como el “mini Truman”, es un comunicador creativo que trabajó en ambientes y rubros distintos, desde la cultura y espectáculos hasta en política y empresas.

Es especialista en crear contenido en redes sociales (en honor a su apellido) y, a través de su personalidad extrovertida y vivaz, brinda una perspectiva fresca e innovadora que es muy difícil de olvidar.

 

 

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