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REPROCANN 2024: Nuevas Restricciones y Requisitos para el Cannabis Medicinal en Argentina

Por Lucía Tedesco

REPROCANN 2024: Nuevas Restricciones y Requisitos para el Cannabis Medicinal en Argentina

✍ 20 August, 2024 - 11:47
  • El Ministerio de Salud de la Nación anunció modificaciones al REPROCANN para 2024. 
  • Las ONG, los cultivadores solidarios y los médicos serán los más afectados por la nueva normativa.
  • Se implementarán los cambios próximamente mediante el Consejo Consultivo.

A través del Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de Argentina anunció nuevas modificaciones al Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (REPROCANN). 

Las nuevas medidas afectan principalmente a los cultivadores solidarios y a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que participan en el programa. Ahora, el registro para cultivadores solidarios se limitará a un máximo de dos personas. En cuanto a las ONG, deberán estar registradas y habilitadas por las autoridades competentes en cada jurisdicción, y notificar al municipio correspondiente el objeto de su actividad. Además, deberán incluir entre sus propósitos y actividades la investigación y el uso medicinal del cannabis. Por otra parte, sus directivos no deberán tener antecedentes penales.

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Punto clave para los médicos del REPROCANN a partir de 2024

Según la Resolución 3132/2024, los solicitantes de inscripción en el REPROCANN deberán contar con indicación médica para el uso de cannabis por parte de un profesional registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS), y poseer una diplomatura o maestría en el uso medicinal del cannabis.

En los próximos días, se convocará al Consejo Consultivo para trabajar conjuntamente en la implementación de estos cambios. Asimismo, se establecerá un registro en cada jurisdicción para facilitar el cumplimiento de la normativa.

Las medidas forman parte del reordenamiento que propuso el gobierno para recuperar el ‘espíritu original’ del registro de cannabis medicinal. De esta forma, se supone que se priorizará la investigación y el cuidado integral de la salud de los pacientes. Todavía está por verse si estos serán beneficiados por la nueva normativa, y si estamos ante el fin de las demoras en los trámites.

Los cambios y nuevas limitaciones del REPROCANN, explicados

La abogada Ivana Vigilante de We Legal (antes Legal Weed) nos explica en detalle los cambios que trae la nueva resolución para los diferentes perfiles asociados a REPROCANN:

¿Sos auto cultivador?

No hay cambios.

  • Podés seguir cultivando un máximo de 9 plantas, con un espacio de hasta 6 metros cuadrados en interior o 15 metros cuadrados en exterior.
  • Para el transporte, se permiten hasta 40 gramos de flores secas o 6 frascos de 30 ml de aceites.

¿Sos cultivador solidario?

  • Ahora solo podés tener hasta 18 plantas y cultivar para un máximo de 2 pacientes (incluido vos).
  • Las reglas de transporte son las mismas que para los auto cultivadores: hasta 40 gramos de flores secas o 6 frascos de 30 ml de aceites.

¿Sos parte de una ONG?

Hay varios cambios importantes:

  • Solo las asociaciones civiles o fundaciones podrán cultivar; las simples asociaciones o cooperativas ya no están habilitadas.
  • Podés trasladar hasta 9 plantas por paciente autorizado.
  • Será obligatorio presentar antecedentes penales del directorio (sin antecedentes por delitos relacionados con estupefacientes).
  • Deberás presentar una lista de pacientes y los médicos con los que trabajás.
  • Necesitás contar con un certificado de vigencia.
  • Es obligatorio notificar a la municipalidad donde se encuentra el cultivo.

¿Sos médico?

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ACERCA DEL AUTOR

Lucía Tedesco es redactora de El Planteo. Se recibió de periodista en ETER  y comenzó su carrera cubriendo zonales en el Oeste de Bs As. Escribe sobre sociedad, cultura y tiene gran interés en el mundo audiovisual, lo que la ha llevado a publicar reviews de películas y series en Cinergia Online. Se encuentra estudiando Lic. en Comunicación Audiovisual en la Universidad Nacional de San Martín.

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