Actualizan el Código Penal Militar de Brasil: Penas Más Severas para Militares que Posean Drogas
El Senado aprobó el martes (22) un proyecto de ley que introduce varios cambios en el texto del Código Penal Militar de Brasil. La propuesta, que se originó en la Cámara de Diputados, tiene como objetivo adaptar la legislación a los cambios legales que han tenido lugar desde que entró en vigor en 1969, como la promulgación de la Constitución Federal. El texto pasa ahora al Presidente de la República para su sanción.
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Uno de los cambios previstos en el proyecto de ley es el aumento de la pena máxima a 15 años por tráfico de drogas si es cometido por militares; el texto actual prevé hasta 5 años. Lxs militares que se presenten al servicio bajo los efectos de alguna sustancia estupefaciente podrán ser castigadxs con penas de hasta cinco años de prisión.
La posesión de drogas ilícitas para uso personal en un lugar sometido a administración militar seguirá estando penalizada con cinco años de cárcel, según la propuesta.
Asimismo, la ley actualizada tipifica como delito el robo de armas y municiones de uso militar restringido o pertenecientes a una institución militar, lo que aumenta la pena (de cuatro a 15 años de prisión) de un tercio a la mitad.
El texto también elimina de la lista de delitos militares los delitos sexuales o de violencia contra la mujer cometidos en un lugar no sujeto a administración militar. Esto significa que lxs militares acusados de estos delitos tendrán que ser juzgados por tribunales ordinarios.
La propuesta también clasifica varias infracciones penales del Código Penal Militar de Brasil como delitos atroces, como la violación y las epidemias con resultado de muerte. El concepto de “crímenes atroces” fue creado por la Constitución y posteriormente definido por la Ley 8.072 de 1990.
El proyecto de ley también deroga las disposiciones que permitían equiparar a menores y adultxs, en algunos contextos, a efectos de responsabilidad penal. La ley actual permite incluso que lxs alumnos de las escuelas militares a partir de los 17 años estén sujetos al Código Penal Militar de Brasil como si fueran adultxs.
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Mientras que en el ámbito militar el usuarix sigue siendo criminalizado con pena de prisión, la constitucionalidad del artículo 28 de la Ley de Drogas, que castiga con penas alternativas a lxs portadores de sustancias ilícitas para uso personal, está siendo analizada por el Supremo Tribunal Federal.
El Supremo Tribunal Federal retomó el juicio sobre el tema (RE 635.659) el día 2, cuando el juez Alexandre de Moraes emitió el cuarto voto a favor de la despenalización de la posesión de cannabis para uso personal. Desde entonces, el debate ha entrado y salido de la agenda debido al caso que analiza la constitucionalidad del juez de garantías.
Vía Smoke Buddies, traducido por El Planteo
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