Buenos Aires: No Podrán Iniciar Acciones Legales a Inscriptos en REPROCANN
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A raíz de los cambios en las regulaciones del cannabis medicinal en Argentina, el Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires estableció que ya no se le puede iniciar acciones legales a pacientes que estén inscriptos en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
Así, a través del VOLANTE U.T.O.I.D.O.E 18/21, se deja en claro que oficiales de las fuerzas deben notificar al personal bajo su mando que “la inscripción en el REPROCANN por parte de las personas o entidades autorizadas es REQUISITO SUFICIENTE para NO iniciar ACTUACIONES JUDICIALES por la INFRACCIÓN a la Ley 23.737″.
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Entretanto, cabe recordar que la Ley 23.737 del código penal establece el régimen legal de estupefacientes.
De esta manera, los y las pacientes estarán bajo amparo de la Ley Nacional 27.350, de “Investigación médica y Científica de la planta de cannabis y sus derivados”, y el decreto 883/2020, emitido por el Poder Ejecutivo.
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Además, el volante del Ministerio de Seguridad de la provincia sostiene que se debe “evitar el inicio de procesos improductivos que contradigan los derechos de los pacientes que lo utilizan y generan incertidumbre sobre el marco normativo vigente”.
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