Fallo Penal a Favor del Cannabis Medicinal en Córdoba: Hablamos con los Involucrados
Fue noticia en todo el país: la semana pasada finalmente se cerró, con la absolución de todos los imputados, la mediática causa judicial comenzada en agosto de 2017 a partir del allanamiento de la llamada “Clínica de la Marihuana” en Córdoba.
En el operativo fueron confiscadas grandes cantidades de bidones y botellas de aceite de cannabis, cremas con cannabinoides en su formulación y cogollos, además de computadoras y teléfonos. Del mismo, resultó detenido el propietario de la clínica, el oftalmólogo Carlos Laje, quien utilizaba medicina cannábica para sus pacientes.
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Junto al doctor, fueron privadas provisionalmente de su libertad personas que trabajaban con él en la creación o administración de los productos. Sus nombres son Héctor Walter Mariño, Paola Jordana Toranzo Gil, Fernanda Daniela Moyano, María Paula Culaciati, Troribio Aragón, Fernando Moroni y Jorge Augusto Asís.
Estuvieron presxs ocho meses.
Desde el jueves pasado están todxs sobreseídxs gracias a un fallo histórico por parte del juez Ricardo Bustos Fierro. No parece casualidad que este dictamen llegue de la mano del cambio de aire generado por la nueva reglamentación para el cannabis medicinal a nivel federal.
[NdE: Instantes después de publicado este artículo, hubo cambios en la situación legal. Puedes encontrar la explicación al final del artículo]
Quiénes son
Conversamos con Toribio Aragón, uno de lxs imputadxs, y con su abogado, Carlos González Quintana.
Muchas veces denominado coloquialmente “abogado cannábico”, González Quintana asesora jurídicamente a la comunidad cannábica cordobesa desde hace doce años. Intervino en un centenar de causas penales por tenencia, cultivo y comercialización de cannabis medicinal y también recreativo. Sin embargo, él mismo destaca que la figura de “abogado cannábico” no existe. En cambio, se define a sí mismo como abogado penalista y de derechos humanos.
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“Hemos profundizado nuestra praxis jurídica, imprimiéndole la perspectiva de género y DDHH, porque son los sectores más vulnerables y golpeados de esta sociedad los que resultan mayormente perseguidos por la ley penal”, explica sobre la ética detrás de su trabajo. Al respecto, señala que se están “llenando las cárceles de usuarios, consumidores problemáticos, mujeres narcomenudistas, y etcétera, mientras las organizaciones dedicadas a este delito a gran escala difícilmente son perseguidas por el aparato represivo del estado”.
El legista tuvo un rol fundamental en la resolución positiva del caso, y tiene un largo historial en causas penales relacionadas al cultivo y la tenencia de marihuana. También fue uno de los abogados que llevó el caso Maldonado a los organismos internacionales, siendo denunciante de su desaparición forzada (junto a su compañero Fernando Cabaleiro) ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Toribio Aragón es cultivador medicinal. Con muchos años de trayectoria en la fabricación de productos medicinales y cosméticos a base de cannabis y otras plantas, producía cremas, aceites y tinturas madre para la clínica del doctor Laje.
A González Quintana, el cannabicultor lo conocía de antes, no sólo por su lucha contra el punitivismo en lo que refiere a usuarios y cultivadores de cannabis, sino también por su compromiso con las causas ambientales en la región.
El caso
“Yo estaba a cargo de las plantas, las cultivaba en un invernadero”, cuenta Aragón, “y me acusaron de pertenecer a una banda dedicada al narcotráfico, básicamente”.
Según describe el abogado, en el marco de esta causa a Aragón se lo imputó de producción y comercialización de estupefacientes y confabulación para cometer actos ilícitos penales atrapados por la ley nacional de drogas 23.737. Misma fue la acusación para lxs demás imputadxs.
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“Estuve ocho meses privado de mi libertad con todo lo que eso conlleva. Es muy duro y una tortura psicológica tremenda; pero también un aprendizaje, y todo fue capitalizado para bien”, analiza -algo aliviado- el cultivador.
En febrero de 2018, la justicia provincial Cordobesa fue declarada incompetente y el expediente pasó a las manos de la justicia federal, gracias a un planteo defensivo formulado por González Quintana.
El abogado probó que la llamada “Clínica Cannábica” trabajaba también en otras provincias, por ejemplo en Rosario y en CABA. Además, como explicó a El Planteo, “por las características de esta supuesta ‘organización’, había diferentes roles, muchas personas involucradas, gran cantidad de material secuestrado y un número importante de usuarios (clientes), lo cual excede la categorización de ‘venta al menudeo’, que está bajo la competencia de la justicia provincial”.
Al poco tiempo de pasar la causa al fuero federal, todxs lxs imputadxs recuperaron su libertad.
Las dos Leyes
Dos leyes federales contradictorias aplicaban al caso. La ley de drogas 23.737 castiga la comercialización y el uso de la marihuana, mientras que la ley de cannabis medicinal 27.350 autoriza su uso por ser beneficioso para diferentes patologías.
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El abogado explica que la sentencia estuvo directamente relacionada a un planteo defensivo interpuesto al comienzo de la causa. En éste, decían que “un estado de derecho donde conviven a la vez dos leyes vigentes y absolutamente contradictorias, no resulta adecuado a los estándares internacionales en materia de seguridad jurídica”.
El juez Bustos Fierro afirmó los beneficios medicinales del cannabis. También reconoció que la ley de estupefacientes refiere a sustancias que causan adicción y son perjudiciales para la salud de las personas, y ese no es el caso de los productos medicinales derivados del cannabis.
Asimismo, remitió a un documento publicado por la OMS en 2017, en donde se recomienda, por sus beneficios a la salud, retirar al cannabidiol de las listas de sustancias prohibidas.
“El fallo entonces se inclinó por la solución sanitaria, y no punitiva” describe González Quintana.
Luego de ocho meses presos y tres años procesados, hoy todxs lxs involucradxs recuperaron su libertad y a partir de la semana pasada están libres de cargos.
Haciendo historia
Siendo éste el primer fallo de este tipo conseguido en el país, consultamos con González Quintana: ¿Por qué es un fallo histórico?
“En materia penal, este fallo es de vanguardia porque viene a zanjar una antigua discusión sobre la calidad de estupefaciente o medicina que tiene esta planta y sus infinitas propiedades.
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Anteriormente, las causas judiciales en esta materia se tramitaban por la vía del amparo de Salud, en donde se ordenaba a las obras sociales autorizar el medicamento, o bien se autorizaba el cultivo excepcionalmente a una madre protectora de hijos con epilepsia, por ejemplo. Es el primer fallo en Argentina de un juez penal en materia de cannabis medicinal”.
Disclaimer: Un Giro Inesperado
Instantes luego de publicada esta nota, el fiscal Carlos Casas Noblega volvió a apelar cuestionando el sobreseímiento el Doctor Laje, Héctor Walter Mariño y Paola Jordana Toranzo Gil.
En la apelación, alega que la nueva reglamentación sobre el cannabis medicinal todavía cuenta con adherencia parcial por parte de las provincias. También, que la producción, traslado y comercialización de estos productos cannábicos no se ajusta a la perfección a lo especificado (a posteriori) por la nueva reglamentación. Remitiéndose a la misma, la administración de aceite de cannabis debería estar en manos de la administración pública y ser expendido de manera gratuita, lo cual no es congruente con el caso.
Esto es, lamentablemente, parte esperable de la dinámica en juicios donde se refiere a legislaciones todavía incipientes. Si bien añade complicaciones, de ninguna manera desanda el camino conquistado con este fallo histórico. Su impacto continúa siendo invaluablemente positivo tanto para comunidad cannábica como para la médica.
Todxs los cultivadorxs y productores independientes involucrados en la causa continúan (y todo indica que continuarán) sobreseídos y libres de cargos.
Foto: herbadea Berlin
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