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Argentina: Se Vence el Plazo de Regularización de ONGs en el REPROCANN, pero las Instrucciones No Son Claras

Por Camila Berriex

Argentina: Se Vence el Plazo de Regularización de ONGs en el REPROCANN, pero las Instrucciones No Son Claras

✍ 12 February, 2025 - 14:08
  • ONGs deben regularizarse antes del 20 de febrero de 2025 y luego tienen 6 meses para completar documentos.
  • Falta claridad en la Resolución 3132/2024, sin instrucciones precisas para presentar la documentación.
  • Abogados critican la norma por errores legales y falta de respuesta del Ministerio de Salud a las ONGs.

En poco más de una semana, el jueves 20 de febrero de 2025, se vence el plazo aplicado a las ONGs que ya estén inscriptas en el REPROCANN o que no lo estén y deseen inscribirse, tras la nueva Resolución 3132/2024 del Ministerio de Salud.

La normativa impone requisitos sobre su objeto social, antecedentes de los directivos, presentación de listados de usuarios y certificaciones anuales. Además, establece plazos estrictos para la entrega de documentación clave, como el registro de cultivadores y domicilios de cultivo.

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Muchos abogados/as presentaron inquietudes al respecto por la falta de claridad del Ministerio de Salud y su nueva resolución, como el pedir que envíen la información por mail, pero no decir a qué mail debe ser enviada.

Por todo esto hablamos con el abogado Juan Palomino para que nos explique un poco mejor de qué se trata esta nueva normativa y qué esperar de la misma.

Requisitos de las ONGs para la inscripción y continuidad en el REPROCANN

Para mantener su inscripción en el REPROCANN, las ONGs deben cumplir con cuatro requisitos clave:

  • Asegurar su objeto social: El objeto social de la organización es el propósito o actividad principal para la que fue creada. La nueva normativa exige que las ONGs incluyan explícitamente en sus estatutos actividades relacionadas con el Programa Nacional para el Estudio e Investigación del Uso Medicinal del Cannabis.
  • No tener antecedentes penales: Los miembros de la Comisión Directiva o del Consejo de Administración de la ONG no podrán tener antecedentes por delitos relacionados con drogas, estupefacientes o el uso indebido de cannabis medicinal.
  • Contar con un listado de usuarios: Las ONGs deberán presentar un listado de usuarios registrados que reciban cannabis medicinal a través de la organización. Este listado deberá incluir nombre y datos de los usuarios y una declaración jurada firmada por cada usuario autorizado.
  • Demostrar vinculación con los usuarios: Las ONGs deberán demostrar que realmente están vinculadas a los usuarios registrados en el REPROCANN. ¿Cómo? Con un carnet o constancia emitida por la ONG que pruebe la relación entre la organización y los pacientes.

Requisitos de presentación de documentos

Además de los criterios anteriores, la Resolución 3132/2024 impone nuevas obligaciones en materia de documentación:

  • Certificado de vigencia anual: Cada ONG debe presentar anualmente un certificado de vigencia emitido por el organismo de inscripción y fiscalización correspondiente, asegurando que sigue operando dentro del marco legal.
  • Acreditar el cumplimiento legal: Deben demostrar que cumplen con la Ley 27.350 de cannabis medicinal y su normativa complementaria, presentando documentación que avale sus actividades y regulaciones internas.
  • Registro del cultivador solidario: Cada ONG debe informar quiénes son los cultivadores solidarios que trabajan con la organización, incluyendo sus datos y, si ya están inscritos en REPROCANN, su número de registro.
  • Plazo para presentar la documentación: Las ONGs tienen un máximo de 6 meses para informar los domicilios de cultivo y presentar toda la documentación requerida. Si no cumplen con este plazo, el Ministerio de Salud podrá dar de baja su inscripción en REPROCANN.

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Este último punto puede prestarse a confusión, por lo que es pertinente aclarar que existen dos plazos diferentes en la Resolución 3132/2024.

El primer plazo es para la regularización de las ONGs con fecha límite jueves 20 de febrero. Aquí, las ONGs deberán mostrarse adecuas a la nueva normativa y confirmar su inscripción en el REPROCANN. Es decir, la ONG haberse regularizado según los nuevos requisitos (objeto social, antecedentes, listado de usuarios, etc.).

El segundo plazo es para completar la documentación adicional. Luego del 20 de febrero, donde las ONGs habrán sido inscriptas o regularizadas, las mismas tendrán hasta 6 meses para presentar esta información adicional (máximo agosto de 2025). Si no se cumple este último plazo, el Ministerio puede dar de baja la inscripción.

Contradicciones y falta de indicaciones oficiales sobre el proceso

Juan Palomino, abogado especialista en derecho cannábico y activista socio fundador de Estudio420, comparte que, tras esta nueva resolución, la cosa se pone más compleja para las ONGs.

Palomino explica que “en primer lugar, les piden que no tengan antecedentes penales por uso de estupefacientes o uso de cannabis medicinal. Cabe destacar que ninguna de estas dos figuras son delitos en la ley de droga, o sea que está mal redactada la resolución ministerial, ya que habla de dos delitos que no existen”.

Por otro lado, a pesar de estas regulaciones, hasta el momento el Ministerio de Salud no ha dado instrucciones precisas sobre cómo deben presentar la regularización. Ante esta falta de claridad, muchas ONGs han enviado la documentación al correo oficial programacannabis@msal.gov.ar, aunque no han recibido respuesta formal.

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El abogado profundiza que el Ministerio “pide que se dé aviso a las autoridades… ¿A qué autoridades? ¿Municipales? ¿Provinciales? ¿De qué manera? ¿Cómo comunico fehacientemente este aviso? No se les comunicó tampoco a ninguna de las ONGs ni a ninguna persona en el REPROCANN de qué manera tienen que readecuarse. Por ejemplo, a las personas vinculadas a un cultivador solidario tampoco les deja cambiar de perfil en el sistema del REPROCANN”, exclamó.

Agregó que “también piden una nómina de pacientes, una declaración jurada que dice que quieren que la ONG les cultive. Este requisito presenta una particularidad, para mí: si te piden una nómina de pacientes, básicamente están reconociendo el trabajo previo de la asociación. Entonces podemos decir que, siguiendo este criterio, el alta de la ONG en la página del REPROCANN no sería constitutiva del derecho, sino meramente declarativa de un derecho que ya existe. Esta es la postura u opinión que tengo yo”.

Para Palomino, en general, “la resolución completa es inconstitucional”. Explica que “ya lo han dicho sobre algunos requisitos, algunos tribunales”. Además, agregó que “no hay tampoco una forma en la que uno se quede tranquilo de que presentó toda la documentación, ya que lo que están haciendo es mandar un mail donde no te contesta nadie… Entonces es más compleja la readecuación de la que se habla”. 

Y concluyó: “En la práctica, no todos los requisitos se pueden cumplir, […] tampoco te contestan, entonces por ahora parecería ser una cortina de humo o un paso más en el entorpecimiento de que esto funcione bien”.

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Palomino no es el único abogado que se pronunció frente al manejo del nuevo sistema del REPROCANN. Según Cannábica Argentina, la abogada Ivana Vigilante, del estudio We Legal, aclaró que la inscripción depende de la provincia en la que opere la ONG, pues las ONGs están registradas en el registro de comercio.

También señaló que el requisito de antecedentes penales solo se aplica a los miembros del directorio y no a la comisión revisora de cuentas, y advirtió sobre la falta de instrucciones claras por parte del Ministerio de Salud respecto al proceso de regularización, lo que ha llevado a que muchas organizaciones envíen su documentación sin recibir respuesta oficial.

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Camila Berriex

ACERCA DEL AUTOR

Camila es traductora y redactora en El Planteo, donde crea y optimiza contenidos culturales y de negocios aplicando sus conocimientos en SEO. Estudia Sociología y música, explorando las ciencias sociales y el arte desde múltiples enfoques.

Además de su trabajo en El Planteo, ayuda a diversas industrias a conectar mejor con sus clientes mediante la redacción de blogs SEO, newsletters y contenido en LinkedIn. Con un profundo amor por la milonga y una curiosa fascinación por la era medieval, Camila encuentra en la comunicación una forma de conectar culturas y perspectivas. De día, es escritora; de noche, entusiasta del pool y los acordes; y en todo momento, una ávida estudiante.

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