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Cannabis Medicinal en Panamá: Nuevas Reglas, Viejas Trabas

  • En Panamá, un nuevo decreto prohíbe el uso de cannabis medicinal en espacios públicos y limita el uso a ámbitos privados.
  • Se veta el vapeo, pese a fallo previo de la Corte Suprema y su uso global masivo.
  • Aún no se otorgan licencias de producción local, lo que retrasa el desarrollo del sector.

Panamá avanza… pero con cautela. El pasado viernes 4 de abril se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo N° 6, que actualiza y aclara el marco normativo para el uso medicinal y terapéutico del cannabis en el país, según informa La Estrella de Panamá.

A simple vista, parece una buena noticia: más claridad, más definiciones. Pero aunque la normativa busque clarificar y ordenar algunos aspectos, también impone restricciones que están generando preocupación en la comunidad cannábica local.

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Este nuevo decreto reglamenta la Ley 242, sancionada en 2021, y reemplaza al Decreto 121 del 2022. En términos generales, busca ordenar el escenario para pacientes, médicos, establecimientos y licenciatarios. Sin embargo, también establece nuevas limitaciones que, para muchos, podrían significar un freno innecesario al acceso real al cannabis medicinal.

Cannabis medicinal en Panamá: ¿Qué cambia y qué se mantiene?

El texto introduce algunos puntos clave:

  • Se prohíbe el uso de marihuana medicinal en espacios públicos y lugares de trabajo, salvo autorización expresa del empleador.
  • Solo se permite en espacios privados, como el domicilio del paciente, o sitios donde el dueño lo apruebe.
  • Quienes ejercen profesiones de alto riesgo no podrán usar cannabis medicinal si esto interfiere con sus funciones laborales.
  • Se prohíbe operar vehículos o realizar actividades peligrosas bajo los efectos del cannabis medicinal.
  • El uso de vaporizadores queda explícitamente vetado.
  • No puede mezclarse con alcohol u otras sustancias.
  • La venta a menores está prohibida.
  • La publicidad y promoción del cannabis medicinal solo podrá hacerse con fines científicos o técnicos, y dirigida exclusivamente a profesionales de la salud.
  • El uso adulto (también llamado recreativo) queda completamente prohibido.

A primera vista, pareciera una lista razonable de cuidados. No obstante, varias de estas disposiciones ya fueron debatidas —y hasta cuestionadas legalmente— en los últimos años.

Un marco más claro, pero con tensiones

Para el médico y referente cannábico Carlos Ossa, este decreto tiene algunos aciertos… y otros puntos bastante cuestionables. “En general me parece bien. No es que están haciendo un cambio total de la reglamentación anterior, creo que simplemente están explicando mejor ciertas áreas”, compartió en una entrevista con La Prensa.

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Uno de los aspectos positivos que destaca es que ahora cualquier médico idóneo puede recetar cannabis medicinal, de la misma manera que los opioides. Para muchas personas, esto representa una victoria en el camino hacia un acceso más democrático a la planta.

Sin embargo, también hay alertas. “La Corte Suprema ya había declarado inconstitucional una prohibición al vapeo, y aquí lo repiten dos veces en el mismo artículo. Además, el 70% de los pacientes a nivel mundial usan vaporizadores. En Panamá vamos a prohibir lo que más se utiliza. No hace sentido”, cuestionó Ossa.

Producción local: La gran deuda pendiente

Desde que se aprobó la Ley 242 en octubre de 2021, el camino hacia una industria nacional de cannabis medicinal en Panamá ha sido, en el mejor de los casos, lento. A más de dos años, las licencias para la fabricación local y la investigación científica aún no han sido emitidas.

Mientras tanto, solo se permite la importación y comercialización de productos terminados. Esto no es detalle menor, porque Panamá depende 100% de la importación de productos cannábicos terminados, lo cual aumenta costos para pacientes, frena el empleo local y ralentiza el desarrollo productivo del país.

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Esta situación ha generado demoras para pacientes y barreras para el desarrollo de una industria nacional que podría generar empleo, innovación y acceso más económico a terapias.

El decreto actual mantiene ese esquema transitorio, permitiendo a las empresas seguir adecuando su infraestructura y cumpliendo con las buenas prácticas requeridas. Sin embargo, desde varios sectores reclaman una mayor celeridad para otorgar licencias de producción y avanzar hacia un modelo soberano y sostenible. Y tanto pacientes como profesionales se preguntan: ¿hasta cuándo?

¿Más regulación o más estigmas?

Si bien es necesario establecer reglas claras, no se puede perder de vista el objetivo principal de cualquier política pública de salud: mejorar la calidad de vida de las personas. Aunque el decreto busca garantizar el uso seguro de la marihuana medicinal, la prohibición del vapeo y otras restricciones despiertan dudas sobre cuánto pesan aún los prejuicios y el desconocimiento en la toma de decisiones.

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En un contexto global donde el cannabis medicinal avanza con evidencia científica y marcos normativos inclusivos, Panamá parece dar un paso adelante pero sin un claro avance.

Los próximos meses serán clave para observar cómo se implementa esta nueva reglamentación y si se abrirá un diálogo real entre autoridades, pacientes, profesionales de la salud y organizaciones sociales para construir una política de cannabis más justa, accesible y basada en evidencia.

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