Brasil: ¿Es Legal la Decisión de Anvisa de Prohibir la Importación de Flores de Cannabis? Abogados Aclaran el Panorama
Por João Negromonte
En Brasil, el panorama médico ha sido escenario de acalorados debates y profundas reflexiones sobre el uso terapéutico del cannabis. En medio de esta discusión, ha surgido una polémica que ha ocupado titulares y tribunales: permitir o no la importación de flores de cannabis frescas con fines medicinales.
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En un lado del enfrentamiento está la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa), con decisiones que han generado dudas legales, interpretaciones judiciales y posiciones enfrentadas. Del otro lado, tenemos pacientes, médicxs y abogadxs, como Gabriel Dutra Pietricovsky y João Pedro Dutra Pietricovsky, responsables de la acción civil pública que cuestionaron a la agencia por la restricción.
La justificación presentada por Anvisa para su negativa se basa en el uso inhalado/vaporizado de los derivados del cannabis, que según la agencia, no es una vía farmacéutica científicamente válida. Además, la defensa de Anvisa plantea dudas sobre la decisión judicial respecto al concepto de “productos derivados del cannabis”.
Sin embargo, para los abogados, es necesario entrar en este complejo universo y reflexionar sobre el impacto en el ámbito de la salud y en el derecho de lxs pacientes a acceder a tratamientos medicinales.
“Es necesario que se respete el principio de legalidad por parte de todas las entidades públicas. La Nota Técnica nº 35/2023 emitida por la Gerencia de Productos Controlados de la 5ª Junta de Anvisa excedió su competencia legal al definir criterios de análisis de la calidad y seguridad de los productos de cannabis que la propia agencia, como Junta Colegiada, optó por no hacer (arts. 17 y 18 del RDC 660/2022)”.
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“A nuestro entender, esto contradice la regulación normativa superior y, por lo tanto, vemos la nota como un acto ilegal”, dicen los abogados. Asimismo, hacen hincapié en que la decisión es clara y expresa la posición de la justicia federal.
Según la Resolución del Consejo Colegiado (RDC) 660/2022, se permite la prescripción e importación de todas las variedades de cannabis y productos obtenidos de ella con fines medicinales, lo que incluye el uso de flores de cannabis frescas.
Para los hermanos Pietricovsky, la afirmación de Anvisa de que el uso inhalado/vaporizado del cannabis medicinal no es una vía farmacéutica científicamente válida es contradictoria y falsa.
“Tanto la literatura científica internacional como la práctica médica demuestran que la vía inhalada es eficaz y segura. Además, muchxs pacientes, entre ellxs Gustavo (demandante), han utilizado el té de cannabis como medicamento vegetal con resultados positivos”, afirman.
Lxs abogados dijeron que confían en que se haga justicia y que el uso medicinal del cannabis siga siendo una opción legal y segura para lxs pacientes que necesitan esta opción terapéutica.
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“La salud es un derecho humano fundamental que no debe ser restringido por los ingresos o el estatus socioeconómico. Esperamos que Anvisa lo reconozca en sus futuras decisiones”, concluyen los abogados.
Vía Sechat, traducido por El Planteo
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