Argentina: ¿El Cannabis Pasa de Salud a SEDRONAR? Qué Cambia con los Últimos DNU
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En enero de 2026, el Gobierno nacional avanzó con una reconfiguración del organigrama del Ministerio de Salud que impacta en áreas sensibles como discapacidad, políticas de drogas y salud pública. En ese contexto, comenzaron a circular dudas sobre el futuro del cannabis medicinal y del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
Con la información oficial disponible hasta el momento, esto es lo que efectivamente cambia (y lo que no).
El cannabis medicinal sigue vigente
Es importante aclararlo desde el inicio: los decretos publicados en el Boletín Oficial no eliminan ni suspenden el cannabis medicinal, no modifican la legislación existente, ni derogan la Ley 27.350 ni el REPROCANN. El uso medicinal del cannabis sigue plenamente vigente dentro del marco sanitario nacional.
Lo que sí cambia es cómo el Estado organiza y gestiona esa política.
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A partir de los decretos 942/2025 y 27/2026, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR) queda formalmente integrada al Ministerio de Salud y recibe competencias explícitas vinculadas al cannabis medicinal.
En sus objetivos oficiales, SEDRONAR pasa a:
- Asistir al Ministerio de Salud en la implementación de tratamientos basados en cannabis medicinal y sus derivados;
- Colaborar en la sistematización de los registros necesarios;
- Participar en el desarrollo de investigaciones vinculadas a estos tratamientos.
Un cambio institucional y estructural, no normativo ni legal
La principal novedad es de carácter institucional y administrativo, no normativo. El Ministerio de Salud continúa siendo la autoridad sanitaria y no se pierden derechos ni habilitaciones existentes.
Sin embargo, el ingreso formal de SEDRONAR introduce un desplazamiento conceptual: el cannabis medicinal, que en Argentina avanzó históricamente como una respuesta de salud pública —impulsada por pacientes, profesionales de la salud y organizaciones civiles—, empieza a gestionarse también desde un organismo tradicionalmente asociado a la prevención del consumo problemático, las adicciones y la política de drogas.
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Para el especialista Juan Palomino, este punto es clave: “El decreto no cambia la ley ni los derechos conseguidos. Todo sigue vigente. Pero sí reordena la política del cannabis medicinal, que pasa de un enfoque estrictamente sanitario a uno más asociado a políticas de drogas, consumo problemático y adicciones. Paradigmáticamente, eso genera preocupación”, comentó a El Planteo.
¿Qué pasa con el REPROCANN tras el nuevo decreto?
El REPROCANN no es mencionado explícitamente en los decretos ni en los objetivos publicados. Aun así, al hablar de “sistematización de los registros necesarios” en el marco del cannabis medicinal, queda claro que el registro continúa existiendo dentro de la órbita sanitaria.
Hasta el momento:
- No hay ninguna norma que disponga su eliminación.
- No se anunció su suspensión.
- No se comunicaron cambios concretos en sus criterios de funcionamiento.
Lo que no dicen los decretos
Los textos oficiales no introducen modificaciones sobre:
- Uso adulto o recreativo.
- Penalización.
- Cultivo no medicinal.
- Nuevas restricciones legales.
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Tampoco se anuncian cambios inmediatos en los procedimientos vigentes para pacientes, cultivadores solidarios u organizaciones.
En síntesis
Los cambios recientes reflejan un reordenamiento institucional dentro del Ministerio de Salud, con una mayor participación de SEDRONAR en la política de cannabis medicinal, pero sin alterar el marco legal vigente.
Por ahora, se trata de un cambio estructural y no normativo. Resta observar cómo se implementa esta nueva articulación y qué impacto real tendrá en la gestión del REPROCANN y en el acceso de pacientes y organizaciones al sistema.
El cannabis medicinal sigue siendo una política sanitaria en Argentina, aunque su encuadre dentro del Estado comienza a redefinirse.
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