¿Por Qué Hay Tantas Mujeres Presas por Drogas?
Es 8 de marzo, día en el que conmemoramos la lucha de las mujeres y la conquista progresiva de derechos en las últimas décadas. Y porque es 8 de marzo, está bueno no sólo celebrar las batallas ganadas, sino también recordar las que quedan pendientes. Lo cierto es que no son pocas. Una de las más urgentes está relacionada con las mujeres que se encuentran en prisión en Latinoamérica. Y, específicamente, las que lo están por causas relacionadas con drogas.
En las últimas dos décadas, la cantidad de mujeres encarceladas en el continente latinoamericano ha aumentado de manera dramática, representando la tasa más alta a nivel mundial. Y no sólo ha subido el número concreto, sino también su porcentaje en relación con la población carcelaria. Para ilustrar: entre los años 2000 y 2017, el encarcelamiento de mujeres aumentó un 53% en todo el mundo. En contraste, el de los hombres aumentó sólo un 19%.
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Por otro lado, la cantidad de personas presas por delitos de drogas ya es un tema más que preocupante a nivel global; pero el caso de las mujeres latinoamericanas resulta particularmente alarmante. Según un informe de la WOLA (Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos), en los países donde el cannabis es ilegal, entre el 10 y el 30% de los hombres encarcelados lo están por delitos relacionados con drogas. En el caso de las mujeres, el porcentaje aumenta desproporcionadamente: del 35 al 70%. En particular, en Brasil, Chile, Costa Rica, Panamá y Perú la proporción de mujeres encarceladas por delitos de drogas es al menos un 30% más alta que su contraparte masculina.
Para conocer más sobre esta cuestión, hablamos con César Bissutti, abogado especialista en temáticas de género y diversidad sexual. Él analiza la temática carcelaria desde un enfoque anticarcelario feminista y abolicionista del sistema punitivo.
Quiénes son estas mujeres
Para entender por qué hay tantas mujeres presas por drogas, conviene también preguntarnos por qué, en primer lugar, hay tantas mujeres presas.
“En la Argentina, la mayoría de las personas detenidas son hombres cis jóvenes, vulnerabilizados, racializados, precarizados y de barrios empobrecidos”, explica Bissutti. Pero, obviamente, también existen las mujeres cis privadas de su libertad. Y el abogado distingue dos tendencias al respecto.
La primera está relacionada con las mujeres que se han salido de su rol impuesto. Es decir, que “desobedecieron a un mandato social”. Y la cárcel funciona como dispositivo de disciplinamiento para volver a ponerlas en su lugar; para “la producción de buenas madres, buenas mujeres”, dice el abogado.
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Para ejemplificar esto, Bissutti nombra casos que ha visto de primera mano en sus varios años de trabajo dentro del sistema penitenciario; recorriendo todos los penales de la provincia de Buenos Aires y también en la provincia de Santa Fe. Habla de mujeres “cuya pareja violaba a sus hijos y ella cae por abandono de persona; o que se fueron a bañar y los hombres asesinaron a sus hijos, y son detenidas por infanticidio en complicidad. Mujeres que se defendieron de sus agresores y están detenidas por lesiones”. Desde una visión perversa, esto se traduce en que fallaron en su rol de madres y cuidadoras. Son “malas madres, malas mujeres”.
Otra manera de salirse de este rol hegemónico es ejercer la prostitución y el trabajo sexual, una de las mayores causas de encarcelamiento entre las mujeres. El marco actual de allanamientos y políticas antitrata hace que estas mujeres caigan “revictimizadas en el ejercicio de una justicia patriarcal que no aplica la clausula de no punibilidad para las víctimas de trata; y que encarcela a quienes -asimilando prostitución a trata- trabajan en el espacio público o en domicilios privados”, dice Bissutti.
Sin embargo, advierte el abogado, las mujeres que caen en prisión por esta percibida sublevación frente al rol de la mujer son las menos.
Por otro lado, la segunda tendencia que distingue el abogado viene de la mano de la teoría de la guerra contra las drogas y la feminización de la pobreza. Esta última, de alguna manera, está dada por la distribución sexual del trabajo, que ha relegado siempre al ámbito privado o doméstico a las mujeres cis para que tengan su proveedor, define Bissutti. Entonces, la feminización de la pobreza comprende a “todos aquellos trabajos feminizados o que fueron pensados para la feminización que están desjerarquizados y pagados en menores términos”. Y en dicha división sexual del trabajo, la raza y la clase cobran especial relevancia para las mujeres trabajadoras que generan sus propios medios de vida.
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Entonces, ¿qué medio de vida pueden generar en su contexto? “En Argentina, las madres, jefas de hogar de lugares populares han buscado para subsistir distintas tareas; muchas de ellas lícitas, pero otras tantas que están asociadas a la criminalización”, dice Bissutti. “No sólo hablo de la venta o tenencia [de drogas], que muchas veces se da como búsqueda propia de una salida laboral en el barrio, donde eso es una posibilidad. También hablo de otros trabajos informales como el trabajo sexual, u otro tipo de economías informales”. Ejemplo de esto es la venta ambulante, que también ha sido duramente castigada por las fuerzas del orden bajo el mandato de ciertos gobiernos.
Ambas tendencias explican por qué “todo este tipo de cuestiones, cuando son realizadas por mujeres en la vía pública, en el espacio público, también tienen ciertas consecuencias disciplinadoras que no son iguales para los varones”.
Es decir: no importa tanto el crimen como quién lo comete.
Cuerpos peligrosos
Y hablando de la importancia de quién comete el crimen, es imposible no detenerse en la situación de las mujeres trans detenidas. Ya que el tema de su tesis de maestría estudia el encarcelamiento de mujeres trans en la provincia de Buenos Aires, Bissutti compartió un poco de insight.
Para el abogado, las teorías explicadas no son suficientes para analizar el caso de las mujeres trans. Éstas “buscan explicar el encarcelamiento de mujeres cis a través de el poder penal como una tecnología de la sexualidad y disciplinamiento de los cuerpos; y articulan en clave interseccional con otra categoría que es el sexismo”, explica. “A mi entender, sólo estudiar el sexismo de alguna manera reduce la complejidad del análisis. Además, nos genera sesgos para analizar la situación de otras poblaciones que no son femenidades cisgénero”.
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Aquí es imperativo establecer la diferencia entre el sexismo puro y duro y el cisexismo. Este último es definido por Blas Radi (profesor, filósofo y activista trans) como un sistema de privilegios que jerarquiza los cuerpos cis por encima de los cuerpos e identidades trans, muchas veces en contra o a costa de los mismos. Dicha categoría es, entonces, mucho más útil para entender esta cuestión; ya que contempla que, en el caso de las identidades trans, “no se castiga lo que hacen, sino justamente lo que son”.
Es más, en su hipótesis de maestría, Bissutti sostiene que “la cárcel refuerza el cisexismo que organiza la sociedad. A diferencia de las mujeres cis, la violación del pacto social por parte de las mujeres trans en prexistente. Por ello, en la cárcel bonaerense no se busca la producción de cuerpos dóciles trans femeninos, sino su reducción y eliminación (efectiva o potencial); mediante la cual se refuerza la seguridad del cisexismo y por lo tanto se sostienen nuestros privilegios”, sentencia Bissutti.
Aún para explicar el caso de las mujeres trans detenidas por delitos de drogas o prostitución, las teorías del rol de la mujer y de la feminización de la pobreza quedan cortas; ya que hay una idea subyacente que entiende a la identidad trans como un cuerpo a combatir.
La construcción del “cuerpo peligroso” (demonizado, criminalizado, presentado como un enemigo a combatir y, eventualmente, vencer) es una idea ya de larga data, y cambia según el territorio. Bissutti pone como ejemplo el caso de Brasil. La autora Ceu Cavalcanti muestra cómo, allí, la construcción de la identidad trans femenina como una identidad criminalizable fue a través de la guerra contra contra el VIH/sida, “haciendo de esta identidad como el cuerpo portador de de ese mal”, ilustra el abogado.
Es decir, la demonización del cuerpo trans femenino fue enmarcada como un problema de salud pública. En la actualidad, estas narrativas viraron y se agrega el hecho de que las mujeres trans también son criminalizadas en gran escala por el ejercicio del trabajo sexual y/o la prostitución.
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En Argentina, en cambio, existen resabios discriminatorios y de derecho penal de autor que se remontan a la época de la dictadura. Estos siguen vivos a través de edictos policiales y códigos contravencionales. Y no sólo castigaban la existencia misma de las mujeres trans, sino que, como expone Bissutti, “han ido generando en el imaginario social esta noción de peligrosidad sobre determinados cuerpos”. En este caso, la demonización del cuerpo transgénero se produjo no sólo vía normas jurídicas, sino a través de la asimilación del travestismo y la prostitución vinculados a estas identidades.
Lo que hay que hacer entonces, propone el abogado, es un trabajo “mucho más estructural, que descriminalice la identidad. Porque si lo que se está castigando es la existencia, hay que hacer un arduo trabajo desde políticas comunicacionales, estructurales, integrales, acciones afirmativas… que busquen romper con esas narrativas que se despliegan en territorio y que se ejercen contra estas identidades. Y hay que hacerlo desde una mirada que no entienda únicamente a las mujeres trans como atravesadas de violencias policiales, sino que entienda las identidades no cisgénero y las distintas particularidades de cómo opera la violencia policial”, afirma el abogado.
¿Alguien puede pensar en los hombres trans?
Si bien el objetivo de este artículo es echar luz sobre la situación carcelaria de las mujeres cis y trans, es imposible no mencionar la problemática de los varones trans; especialmente si se toma al cisexismo como parte del análisis. Al igual que el cuerpo trans femenino, los hombres trans también se ven demonizados. Sin embargo, lo que no se visibiliza son las múltiples violencias y hasta torturas que padecen estas identidades. Así como el cuerpo trans femenino se ve demonizado, el del varón trans, además, se invisibiliza.
Y es que la selectividad penal hacia varones trans casi ni ha sido estudiada, por lo menos en Latinoamérica y en particular en la Argentina. Y existir, existe.
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“A veces se presenta el encarcelamiento hacia personas trans únicamente femeninas y en realidad también se encarcela y se detiene a varones trans”, dice Bissutti. “Desde procesos más estructurales hacia varones trans racializados a prácticas más específicas, como la violencia policial frente a una detención, por la no coincidencia de ese cuerpo en el espacio público y el nombre que figura en el DNI si no rectificó”.
Es decir que, por más que sean hombres, los mecanismos de control y violencias a los que se somete a los varones trans en este contexto no son los mismos que sufren los varones cis racializados.
Y no sólo no son los mismos, sino que a veces pueden tener una complejidad mucho mayor. Tomemos como ejemplo el tema del alojamiento. En la inmensa mayoría de los casos, a los hombres trans no se les respeta su identidad y se los termina encerrando en unidades penales de mujeres. Sobre este tema, los Principios de Yogyakarta entienden que debe existir una consulta previa a la persona detenida. Sin embargo, “a veces se piensa que cambiando los pabellones de lugar o creando nuevas cárceles se puede dar una solución a esta problemática”, señala Bissutti. A su entender, “hay que inscribir los pabellones de diversidad sexual en un sistema carcelario, situarlos y tener una mirada que entienda al cisexismo como un dispositivo de poder y control; y por lo tanto complejizar los vínculos en estos contextos”.
Es decir que, si el cisexismo es un sistema que privilegia a las personas cis, las personas trans detenidas claramente se verán atravesadas por una serie de violencias específicas. También es importante reconocer la capacidad de agencia de estas personas, de resistencia y caer en victimizarlas. Pero mientras la cárcel reproduzca el cisexismo, es necesario además pensar en un enfoque anticarcelario, propone Bissutti.
Además, como es de suponer, la situación de encierro de las personas trans sólo ha empeorado con la pandemia de coronavirus. Por suerte existen organizaciones dedicadas a defender los derechos de la comunidad LGBT encarcelada, como Almas Cautivas en México; pero es necesario un cambio de mayor escala y profundidad para enfrentar esta realidad.
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Por Rajesh Rajput vía Unsplash
No, no es como Orange Is The New Black
A diferencia de la problemática de los varones trans en prisión, el tema de las mujeres encarceladas ha sido vastamente estudiado. En el caso particular de los países latinoamericanos, la causa principal de estos arrestos es, predeciblemente, las severas políticas antidrogas.
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La mayoría de estas mujeres son racializadas, viven en la pobreza, y no han tenido un acceso digno a la educación. Además, sus delitos se limitan a la venta o tenencia de estupefacientes, tareas de distribución de bajo nivel pero alto riesgo. La mayoría de estas mujeres son denominadas popularmente mulas, y pueden o no saber que están cometiendo un delito en el momento. Bissutti explica que a veces son personas a las cuales les “ofrecieron llevar un bolso que ni sabían que tenía… obviamente sospechando que lo que hacían no era del todo [legal] pero entendiendo que era guita”. En muchos contextos, no les queda otra opción.
“En general no son personas que están organizadas en un comercio o en una cadena de venta de estupefacientes global o narco”, aclara Bissutti, “sino que en realidad son pibas que son buscadas por dealers. A veces es una microeconomía”.
Pero esperen, porque se pone peor. “Muchas veces también son quienes terminan vendiendo la droga de la policía”, revela el abogado. “Entonces, cuando se niegan a seguir vendiendo, se encuentran con allanamientos en su casa”.
Y esto sólo infla una estadística utilizada para la manipulación mediática, como expone Bissutti: “Parece que Argentina está luchando contra la droga de una manera espectacular, porque no paran de sumar personas detenidas por estos delitos”. Pero quienes caen no son los tan temidos narcos, ni las grandes organizaciones y aparatos criminales, como pintan los medios de comunicación. Tampoco se hace la más mínima mella en el mercado de drogas, ni nacional ni internacional. No, quienes caen son los eslabones más débiles de la cadena, los más reemplazables: las mujeres.
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Y todo esto sin siquiera mencionar el hecho de que dichas mujeres suelen ser jefas de hogar, con hijes y familias que mantener. Un par de cifras más: según una encuesta del Banco Interamericano de Desarrollo, el 87% de las mujeres encarceladas son cuidadoras de hijes o personas mayores. De éstas, el 72% son acusadas de delitos no violentos. Y el 24% son madres solteras. Además, se calcula que alrededor de 2 millones de niñes tienen por lo menos un padre o madre en prisión. Aproximadamente el 25% de estos casos están relacionados con drogas.
Contra la guerra contra las drogas
Ciertamente, el conflicto es particularmente duro en los países latinoamericanos. Pero cabe recordar que estas políticas antidrogas no son realmente propias de nuestro territorio, sino importadas made in USA.
Refresquemos un poco la memoria: la Guerra contra las Drogas fue una serie de severas políticas efectuadas por Estados Unidos durante la mayor parte del siglo XX, que alcanzó su auge en los ‘70 y ‘80 con las presidencias de Nixon y Reagan. El pretexto de esta guerra era proteger la salud de la población y enfrentarse a la violencia del narcotráfico. Sin embargo, la historia ha demostrado que las verdaderas motivaciones detrás de estas políticas eran profundamente racistas. Además, la narrativa de la guerra contra el narcotráfico fue utilizada ampliamente como mecanismo de control sobre otros países, particularmente en América Latina.
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“La bajada yanqui de política antidrogas se ha colado en nuestros territorios, fundamentalmente a través de políticas que bajan del norte global a las que nosotros inscribimos ciegamente”, sentencia Bissutti.
Pero, además, el problema tiene otro matiz: “No sólo hablo de las políticas propias de Estados Unidos que tenemos que replicar por un fundamento más económico, cuando tenemos que adecuarnos a ciertas normativas para poder adquirir ciertos financiamientos”, se explaya el abogado, “sino también las propias políticas de las Naciones Unidas; muchas veces, hasta desde organismos de derechos humanos de mujeres, creados por personas no hispanohablantes que desconocen mucho nuestros territorios”.
Es decir, aquí también nos juega en contra el llamado feminismo blanco, que intenta enfrentarse a las problemáticas propias del patriarcado sin tener en cuenta factores clave como la clase social, la racialización o el cissexismo. Y, por lo tanto, falla.
Pero volviendo al impacto de la guerra contra las drogas, este adquiere distintos tonos dependiendo del territorio. En México, por ejemplo, Bissutti explica que estas políticas “adquieren una violencia mucho más grande, mucho más explícita; basta con leer la resolución sobre Campo Algodonero”.
En Argentina, en cambio, esta guerra se ha implementado sobre todo en marcos normativos o jurídicos. Es decir, en leyes sancionadas concretas, que luego terminan impactando a las personas. El abogado distingue que “ese disciplinamiento llega de forma más sutil y por abajo, y va engrosando las cárceles”.
Reforma ¿judicial? feminista
Hoy existen varios organismos de derechos humanos que abogan por un tratamiento más humano de la población carcelaria, y por reformas del sistema penitenciario. Se barajan medidas como políticas de drogas con perspectiva de género y derechos humanos. Además de reformas como la descriminalización del consumo, la proporcionalidad de las penas, la eliminación de penas mínimas obligatorias y la excarcelación. Asimismo, existen organizaciones como RESET, que abordan esta temática desde un enfoque no punitivo y centrado en los derechos humanos.
Pero, considerando todo lo analizado anteriormente, es imposible no preguntarse: ¿es esto suficiente?
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Le preguntamos a Bissutti si una reforma judicial feminista (idea que está empezando a entrar en calor a raíz de la ola de femicidios en Argentina en los últimos meses) podría ayudar a revertir esta situación. El abogado responde con cautela, ya que todavía no se ha formulado un proyecto concreto que la aborde. Sí se manifiesta de acuerdo con que es necesario cambiar el poder judicial; pero siempre entendiendo “al campo jurídico como un campo de poder, al derecho como un instrumento de poder, y ver quiénes detentan esos poderes”.
Para detallar esta perspectiva, cita al activista, abogado y escritor trans Dean Spade, que advierte que “hay que tener un poco de cuidado con las reformas judiciales”. “Las conquistas legales, aunque resulten necesarias, no modifican por sí solas el paradigma social y cultural”, detalla Bissutti.
En su libro, Una Vida Normal, Spade expresa que hay que tener “cuidado con el asimilacionismo de pensar que cuando obtenemos leyes transformamos la realidad”.
Aclara Bissutti: “Eso es un problema porque desactiva la mirada crítica a ciertos colectivos que se supone deberían ser protegidos por la ley (pero que no lo terminan siendo porque les intersectan otros marcadores)”. Ejemplo de esto son las conquistas de derechos como el Matrimonio Igualitario. Este marco normativo es más que necesario, pero también corremos el riesgo de pensar que “nos transforma en una ciudadanía igualitaria; y en realidad van quedando en esos márgenes las personas que se ven interceptadas por factores como su identidad de género y su raza”.
“Esto nos lleva a un debate más profundo respecto a si institucionalizamos o no algunas demandas del colectivo feminista”. Es decir, como el Estado homogeniza discursos, narrativas y poblaciones, su mirada frente a estos temas puede resultar bastante estrecha y poco efectiva frente a varias problemáticas. “Ahora estamos en un momento donde intentamos ampliar esas miradas. Pero hay quienes entienden que hay ciertas cosas que tienen que quedar del lado de los activismos y que tienen que ser una práctica cotidiana, como la necesidad de protesta y demanda”, dice Bissutti.
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Para esto es útil el análisis que hace Spade, quien define a los sistemas administrativos en general como “lugares de producción e implementación del racismo, xenofobia, sexismo, transfobia, homofobia y capacitismo bajo una apariencia de neutralidad”.
Una reforma judicial feminista tendría que venir, entonces, de la mano de una mirada muy crítica y muy amplia, que apele a desmantelar estas estructuras.
Y si bien está lejos de ser una solución para estos problemas tan profundamente sistémicos, un enfoque anticarcelario podría ser un buen comienzo.
La idea detrás del sistema penitenciario es, en teoría, muy simple: se supone que cuando una persona comete un delito, va presa a través de un juicio. La función de la cárcel es, entonces, buscar la manera de rehabilitar o reformar a esa persona. En teoría. En la práctica, como hemos visto, las cosas son muy distintas. Tal ficción es desafiada por las teorías anticarcelarias, que arguyen que en realidad la pena busca fines distintos a los que nombra, y critican la idea del rol “rehabilitador” de la cárcel.
Y esta idea abolicionista está ganando impulso. Bissutti dice que “cada vez hay más conciencia de que los feminismos sean anticarcelarios, porque el aparato punitivo es uno de los aparatos con mayor poder. Y cada vez que pedimos acciones que tienen que ser impulsadas desde las políticas de seguridad, estamos dándole poder a esas políticas que nos pegan un revés cuando nos vuelven a criminalizar a un montón de compañeras que les interceptan la raza, la clase, etcétera”.
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Obviamente, el feminismo debe impulsar de manera prioritaria la despenalización de la venta o tenencia de estupefacientes y políticas de abordaje de la problemática de drogas. Pero tampoco podemos dejar de entender las relaciones de poder tanto dentro como fuera de la cárcel, y los sistemas que criminalizan al cuerpo no hegemónico. El problema es integral y sistémico, profundamente arraigado en nuestras estructuras. Y la reforma no puede ser sólo judicial, sino que tiene que atravesar a la sociedad en su conjunto y a todas las personas que la conformamos.
Foto por Nur Andi Ravsanjani Gusma vía Pexels
Publicación original: marzo 2021
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