Vapes en la Cuerda Floja: La Unión Europea Prohíbe Saborizar Productos de Tabaco Calentado
La Unión Europea (UE) ha dado un paso significativo en su lucha contra las adicciones al implementar una nueva regulación que prohíbe los sabores en productos de tabaco calentado.
La medida, reflejada en la nueva Directiva Delegada (UE) 2022/2100 de la Comisión Europea, modifica la que había sido publicada el 29 de junio de 2022 y marca un cambio importante en las regulaciones relacionadas con los productos de tabaco.
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La Directiva anterior, la 2014/40/UE, ya había prohibido la comercialización de productos de tabaco con sabores característicos y aquellos con aromatizantes en componentes como filtros, papeles y envases. Pero había algunas excepciones todavía. Sin embargo, la directiva recientemente aprobada amplía estas restricciones para incluir los productos de tabaco calentado, una categoría popular que crece rápidamente entre los habitantes de la región.
El tabaco, en la mira de la Unión Europea
Los productos de tabaco calentado son definidos como productos novedosos que, al calentarse, emiten nicotina y otras sustancias que luego son inhaladas por el usuario. Estos productos sin combustión y se han vuelto cada vez más populares en varios estados miembros de la UE, lo que ha llevado a una revisión de las regulaciones vigentes, por parte de los miembros.
La Comisión Europea ha observado un cambio significativo en las ventas de productos de tabaco calentado en varios de estos estados, lo que indica un cambio en las circunstancias y en la percepción del mercado sobre estos productos. En respuesta a esta tendencia, la nueva directiva busca abordar la preocupación de que los sabores atractivos puedan llevar a una mayor adicción, especialmente entre los jóvenes.
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Como parte de estas modificaciones regulatorias, se retirará la posibilidad de que los miembros de la UE otorguen excepciones a los productos de tabaco calentado, como se venía haciendo. Además, estarán sujetos a ciertas obligaciones de etiquetado y advertencias, garantizando una regulación más uniforme.
Los Estados miembros tenían hasta el 23 de julio de este año para adoptar y publicar las disposiciones necesarias para cumplir con la primera directiva aprobada, que entró en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Sumado a eso, a partir del próximo 23 de octubre de 2023, las nuevas regulaciones serán aplicables en toda la Unión Europea.
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