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Nueva York: Cómo Son las Nuevas Normativas Sobre Publicidad y Packaging de Cannabis

Por Sechat

Nueva York: Cómo Son las Nuevas Normativas Sobre Publicidad y Packaging de Cannabis

✍ 14 December, 2022 - 11:30

Este año, la Junta de Control del Cannabis (CCB) de Nueva York aprobó una normativa que regulará la publicidad y el packaging del cannabis de uso adulto. El objetivo del organismo es garantizar la seguridad de lxs usuarios de la planta y evitar que las empresas de cannabis se dirijan a lxs más jóvenes con la promoción de sus productos.

Normativa sobre publicidad de cannabis

Según la normativa propuesta, se permite que lxs licenciatarios elaboren material publicitario y de marketing, “siempre que el objetivo principal sea desplazar el mercado ilícito e informar a lxs usuarios de la ubicación de los dispensarios minoristas autorizados”.

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También establecen que lxs licenciatarios pueden realizar “prácticas publicitarias razonables” siempre que el material no perjudique la salud o la seguridad públicas, fomente el uso entre los jóvenes o atraiga a menores.

Se definió entonces que las etiquetas y los envases no deben ser “atractivos para menores de 21 años”, prohibiendo entre otras cosas:

  • Dibujos animados;
  • Colores brillantes o de neón
  • Similitudes con productos o palabras que hagan referencia a productos comúnmente asociados o comercializados de forma que resulten atractivos para menores de 21 años, incluida cualquier imitación de alimentos, dulces, refrescos, bebidas, galletas o cereales, en el etiquetado, envasado, publicidad o marketing;
  • Términos “candy” o “candies” (“dulces” o “golosinas”) o variaciones ortográficas como “kandy” o “kandeez”;
  • Símbolos, imágenes, personajes, figuras públicas, frases, juguetes o juegos utilizados habitualmente para comercializar productos destinados a menores de 21 años.
  • Imágenes de individuos que puedan parecer menores de 21 años.

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La normativa propuesta exige a lxs licenciatarios que incluyan la siguiente declaración en todos los anuncios: “Uso exclusivo para adultxs mayores de 21 años. Mantener fuera del alcance de lxs niños y animales domésticos. En caso de ingestión accidental o uso excesivo, póngase en contacto con el Centro Nacional de Toxicología. Use con responsabilidad”.

Además, los licenciatarios deben emitir una serie de advertencias rotativas, como “El cannabis puede causar daños o dependencia”.

De este modo, la normativa propuesta permite anunciar productos de cannabis, servicios relacionados con el cannabis o productos de cannabis a través de la televisión, la radio, revistas impresas, Internet, aplicaciones móviles, redes sociales, etc. Esto es, siempre que aporte pruebas creíbles de que el 90% de la audiencia del anuncio no es menor de edad.

La normativa propuesta también prohíbe el uso de vallas publicitarias y establece que no podrán estar situadas ni ser fácilmente observadas a menos de 500 metros de una escuela primaria o secundaria, centro o instalación recreativa, guardería, parque infantil, parque público o biblioteca.

Reglamento sobre packaging

Asimismo, la normativa estipula las prácticas obligatorias y prohibidas en relación con el packaging de los productos. En particular, lxs licenciatarios deben cumplir los requisitos mínimos de envasado en ventas al por menor. Por ejemplo, debe ser a prueba de niñxs; a prueba de manipulaciones; cerrar completamente el producto, minimizar la exposición al oxígeno y evitar la contaminación y/o degradación del producto del cannabis; y no impartir ninguna sustancia tóxica o deletérea al derivado vegetal.

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Lxs licenciatarios también deben establecer un programa de sustentabilidad medioambiental para los envases. Estos programas pueden incluir estrategias de reutilización que recojan los componentes reutilizables de los envases de cannabis para ser higienizados y rellenados, o reutilizados como envases de cannabis, estrategias de envasado sostenibles que utilicen materiales no plásticos, compostables o reciclables, o materiales de envasado que superen el 25% de contenido reciclado postconsumo.

En cuanto al etiquetado de los productos, la normativa incluye normas mínimas como el número de lote, el THC total y el peso de los productos de cannabis. Los envases de venta al público y cualquier capa de comercialización también deben contener otra información especificada, como la lista de ingredientes, la fecha de caducidad, las instrucciones de almacenamiento y un símbolo universal creado por la CCB con el logotipo del Estado de Nueva York, así como el texto “21 +” y “THC!”.

La normativa ya está en vigor en Nueva York y las entidades interesadas en entrar en la industria del cannabis tendrán que revisarla a fondo y consultar con abogadxs expertos en cumplimiento de la misma.

Vía Sechat, traducido por El Planteo

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