Estas Son las 9 Condiciones a las que Quieren Reducir el Reprocann ¿Y la Salud Mental? ¡Afuera!
El ministerio de Salud tiene la intención de reducir el Reprocann a nueve condiciones que son, según el gobierno, las que reúnen mayor ‘evidencia científica’ para considerar el uso de cannabis medicinal. Ante esto, se espera un cambio en la reglamentación de la ley 27.350.
No obstante, organizaciones cannábicas, cultivadores solidarios y médicos ya se manifestaron en contra de esta medida, que vuelve atrás sobre los derechos adquiridos. Según Infobae, la secretaría de Calidad en Salud está redactando el borrador con las nuevas directrices. De hecho, las intenciones de hacer modificaciones fueron expresadas en la última reunión del Consejo Consultivo Honorario.
¿A qué condiciones se achicaría el Reprocann?
Hasta el momento, el programa es para cualquier usuario con indicación médica. Hoy, lxs pacientes pueden acceder al aceite de cannabis en las farmacias y tener hasta nueve plantas en su casa por un período de tres años.
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Ahora, bajo la nueva gestión, las patologías tenidas en cuenta serían solo: dolor oncológico, neuropatía posherpética, esclerosis múltiple, lesión medular traumática, dolor del sistema neurológico central, epilepsia refractaria, autismo, dolor producido por accidente cerebro vascular (ACV) y neuralgias.
La sorpresa es que enfermedades para las cuales el cannabis ha implicado un avance trascendente, como el Parkinson y el insomnio, quedaron afuera de esta selección. Sumado a eso, ni siquiera se registran trastornos de la salud mental, que hoy deberían ser una prioridad, dada la escalada que han tenido sus números en los últimos años.
No obstante, la comunidad cannábica no se quedará de brazos cruzados esperando a ver qué sucede. Por ejemplo, la Sociedad Argentina de Endocannabinologia y Terapéutica cannábica (SAET) ya se encuentra trabajando en un archivo público para exhibir la evidencia científica que el gobierno argentino pide.
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De hecho, El Planteo recibió el descargo que la abogada Ivana Vigilante envío al Consejo Consultivo al respecto. La abogada manifiesta que limitar el acceso al cannabis medicinal infringiría varios derechos constitucionales, como el derecho a la salud y la igualdad ante la ley. Además, señala que esto iría en contra de principios básicos del Derecho Administrativo, como el principio de legalidad y el de igualdad.
“Cualquier cambio sustancial en el alcance de la Ley 27.350 requeriría una modificación legislativa que debería ser debatida y aprobada por el Congreso Nacional en caso de que busque aplicarse a la totalidad de patologías. La simple emisión de una resolución por parte del Ministerio de Salud no cumple con este requisito constitucional”, explicó Vigilante. A su vez, pidió al ministerio reconsiderar cualquier propuesta de regulación que limite el acceso al cannabis medicinal y que cualquier cambio se alinee con la legislación nacional e internacional, así como con los principios del Derecho Administrativo.
“La medicina cannábica viene a desafiar el quehacer médico convencional, siendo, en la mayoría de los casos, los mismos pacientes quienes concurren con la terapéutica instaurada en busca de acompañamiento y validación del uso de la planta para paliar sus dolencias”, señaló SAET en un comunicado. A su vez, varias ONGs, como Mamá Cultiva, alzaron la voz porque “limitar patologías significa recriminalizar a miles de personas que hoy acceden a una terapia segura que realizan ellas mismas”.
La imagen de portada fue creada con ayuda de una IA.
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